1. ¿En qué casos es común utilizar un contrato de prestación de servicios? 
Respuesta: En los negocios o en las empresas. Las personas morales, es decir, las empresas o negocios suelen firmar este tipo de contratos para resolver actividades que forman parte importante u operativa de su quehacer. Sin la necesidad de requerir para algunas de estas actividades empleados permanentes.  

2. ¿Es lo mismo un Prestador de Servicios y un Prestador de Servicios Profesionales? 
Respuesta:
No lo es. Un Prestador de Servicios es cualquier persona con la que el Cliente contrata con la finalidad de que el Prestador le preste cualquier servicio que establezcan las partes de acuerdo con lo que ofrece el Prestador, sin requerir de ninguna cédula profesional.

Sin embargo, en el caso de un Prestador de Servicios Profesional es requisito necesario que este Prestador sea un Profesionista con licencia para prestar el servicio por el que se le contrata. 
 
3. ¿Puedo tener más de un contrato de prestación de servicios firmado con varias personas? 
Respuesta: Sí, puedes firmar la cantidad de contratos de prestación de servicios que quieras con distintas personas, ya que no es una relación laboral y estás en libertad de prestar tus servicios a las personas que tu decidas. 

 

4. ¿Cuáles son las principales diferencias entre el contrato laboral y la prestación de servicios: 
Respuesta:

  • El contrato laboral se regula de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. En cambio, la prestación de servicios profesionales de acuerdo con el Código Civil Federal y lo que acuerden las personas que lo celebrarán.  
  • En materia laboral, la relación de trabajo es subordinada. En el caso de una prestación de servicios no lo es pues es una relación entre iguales. 
  • El contrato laboral debe ser prestado en forma personal mientras que la prestación de servicios profesionales no necesariamente. Ya que incluso puede ser prestado por varios profesionales, ayudantes o empleados de la persona que prestará los servicios. 
  • En el caso del contrato laboral, el pago es un salario y en la prestación de servicios el pago son honorarios. 
  • La obligación del patrón de entregarle al empleado el material para que pueda desempeñar su actividad existe en el contrato laboral. Mientras que en el de prestación de servicios el profesionista realiza la actividad con sus propios elementos. 
  • En el contrato laboral la responsabilidad por actos del trabajador frente a terceros es del patrón, y en el de prestación de servicios la responsabilidad del profesionista es personal. 
  • Los contratos de trabajo generalmente son por tiempo indefinido mientas que el contrato de prestación de servicios profesionales normalmente tiene una fecha de vencimiento. 
  • En el contrato laboral es obligación del patrón dar de alta en el IMSS y otorgarle prestaciones sociales al empleado. En el de prestación de servicios no existen esas obligaciones para el cliente ante el profesionista. 
  • Ante cualquier incumplimiento del contrato laboral se podrá acudir a demandar ante una autoridad llamada Junta de Conciliación y Arbitraje. Ante el incumplimiento del contrato de prestación de servicios se podrá acudir a demandar ante una autoridad llamada Juzgados Civiles.