Respuesta: Desde un punto de vista del derecho civil y mercantil, son válidos. Ya que existe el principio de libertad contractual. Que permite a las partes fijar el contenido y alcance de sus derechos y obligaciones, siempre y cuando no violen leyes de orden público.
Por otro lado, desde el punto de vista del derecho constitucional, el contrato de no competencia es válido, siempre y cuando no caiga en lo que establece el párrafo sexto del artículo 5º constitucional. Es decir, que no puede admitirse convenio en que la persona, ya sea persona física o persona moral, renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio en todo el territorio nacional.
2. ¿Son válidas las cláusulas de no competencia?
Respuesta: Sí. Son válidas las cláusulas de no competencia, siempre que no violen ninguna ley de orden público ni derechos humanos de las partes.
3. ¿Existe alguna ley en materia de Competencia Económica?
Respuesta: Sí. La Ley Federal de Competencia Económica, que prohíbe las conductas anticompetitivas.