1. ¿El inversionista puede ser una persona física o una persona moral?
Respuesta: En el contrato de inversión, el inversionista puede ser indistintamente una persona física o una persona moral, lo único que deberá establecerse en el documento serán los datos generales del mismo.

2. ¿Puedo realizar un contrato de inversión si mi empresa se encuentra en una etapa de reciente creación?
Respuesta: Si una empresa se encuentra en una etapa de reciente creación, si puede llevar a cabo un contrato de inversión, sólo habrá que tomar en cuenta que existe la posibilidad de que no se pueda llevar a cabo una valuación de la misma.  Es por ello que el esquema de la inversión puede variar un poco, una vez que la empresa ya pueda ser valuada será entonces cuando el inversionista podrá ingresar como accionista de la empresa.

3. ¿Se pueden establecer derechos especiales para el inversionista?Respuesta: Si la empresa y el inversionista lo acuerdan y desean establecerlo en el contrato.  Estos “derechos especiales” usualmente hacen referencia a que el inversionista pueda tener algún puesto en su Junta Directiva, Consejo de Administración o alguno de sus Comités, que puedan recibir utilidades o que tengan un derecho de preferencia al momento que la empresa sea liquidada.