1. ¿Cuál es la legislación aplicable para la Sociedad Anónima?

Respuesta: La Ley General de Sociedades Mercantiles es la legislación encargada de regular todo lo concerniente a las sociedades mercantiles en cuanto a su constitución y funcionamiento, como en el caso de la sociedad anónima.

  • ¿Qué se requiere para constituir una Sociedad Anónima?

  • Que haya dos socios como mínimo y, que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.

  • Que el contrato social establezca el monto mínimo del capital social y que esté íntegramente suscrito.

  • Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario.

  • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

3. ¿Cuánto tiempo se tarda constituir una Sociedad Anónima?
Respuesta: Un tiempo aproximado de 3 semanas. Los tiempos establecidos pueden variar en función de la carga de trabajo de cada dependencia gubernamental y, en su caso, los días inhábiles aplicables.

 4. ¿Cuáles son los requisitos generales de la escritura o póliza de una sociedad anónima?
Respuesta:

  • Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad.

  • El objeto de la sociedad.

  • Su razón social o denominación.

  • Su duración, misma que podrá ser indefinida.

  • El importe del capital social.

  • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije.

  • El domicilio de la sociedad.

  • La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores.

  • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social.

  • La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad.

  • El importe del fondo de reserva.

  • Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente.

  • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.

 5. ¿Cuál es el equivalente de la Sociedad Anónima en Estados Unidos de América?
Respuesta: La Sociedad Anónima es el equivalente a la Corporación en los Estados Unidos.

6. ¿Cuáles son las diferencias clave entre una S.A. y una S. de R.L.?

 

Sociedad Anónima

Sociedad de Responsabilidad Limitada 

 

Responsabilidad de los socios

 

Los accionistas serán responsables del
monto invertido, más los bienes
personales.

 

Los socios solo serán responsables por el monto invertido en la empresa.

 

Estructura

 

No tiene límite de accionistas,
lo que atrae más capital social
de los accionistas y, a cambio, permite el crecimiento de la
empresa.

 

Limita a sus socios a un máximo de 50; la admisión de nuevos socios necesitará la aprobación mayoritaria de los socios.

 

Administración

 

Consejo de Administración
o Administrador Único.

 

Gerentes.

 

Integración del capital social

Acciones nominativas.

 

Partes sociales que requieren aprobación de la Asamblea General para transmitirse.